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OEA consideró improcedente el reclamo de Colombia para invadir a Ecuador

21 de Marzo de 2008
'La Organización de Estados Americanos (OEA), no consideró el derecho de legítima defensa reclamado por Colombia para invadir a Ecuador el pasado 01 de marzo, porque el mismo se establece para países agredidos que tienen derecho a defenderse', manifestó el secretario general de la OEA, José Miguel Insulza en una entrevista otorgada al diario brasileño O Globo.

En este sentido, Insulza consideró improcedente el reclamo de Colombia, para invadir a Ecuador.

Las condiciones de legítima defensa existen, según el Artículo 22 de la Carta de la OEA, cuando un país ataca a otro y, en ese caso, el país agredido tiene derecho a defenderse, refirió nota de prensa de Prensa Latina.

'Cuando un país invade un territorio ajeno, no tiene derecho después a quejarse pues no procede en legitima defensa, aclaró, del mismo modo no se puede perseguir a un grupo irregular en otro estado sin autorización de ese gobierno', añadió.

Asimismo, expresó que la crisis creada por la agresión colombiana a la soberanía ecuatoriana, se solucionará en primera instancia instalando en el propio terreno fronterizo una comisión que esté en contacto con ambos países y sus organismos.

'No es fácil, porque la frontera se extiende por centenares de kilómetros y aún no tengo muy claro donde ubicar a esa gente', indicó Insulza.

Igualmente, señaló que la forma de resolver los problemas de narcotráfico y de grupos irregulares, es asunto de la soberanía de cada país. Del mismo modo resaltó que resolver problemas de país es sumamente delicado.

'No pueden imaginarse la cantidad de ministros y embajadores que vinieron a decirme que van a luchar contra eso hasta la muerte, porque mañana sus países también pueden sufrir una invasión, y si eso acontece quién los va a defender'.

Del mismo modo, Insulza indicó que en la OEA no apoya la clasificación del gobierno de Estados Unidos, en cuanto a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), catalogadas como terroristas.

'Existe la Convención Interamericana Contra el Terrorismo y ella se refiere a los actos terroristas practicados por alguien, como por ejemplo hacer rehenes y cometer atentados, pero no clasificamos a grupos', dijo.

(ABN)
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